Ladridos a altas horas de la noche, demasiados gatos en una vivienda que campan a sus anchas por la comunidad, excrementos en zonas comunes, y un largo etc. ¿le suena? Muy frecuentemente, desde Resortalia tenemos que intervenir en problemas de convivencia entre vecinos derivados de la tenencia de mascotas: perros, gatos, reptiles, etc.
Recientemente, se ha publicado la Ley 9/2022, de 30 de junio, de protección de los animales domésticos. ¿Y qué se considera animal doméstico? Aquel animal que ha sido criado y pertenece a una persona, sin que utilice al animal para ganar dinero. Es decir, se incluyen las mascotas habituales que usted, o sus vecinos tienen en sus viviendas.
Así pues, la Ley de Bienestar Animal o, como se denomina coloquialmente, la Ley Belarra, establece una serie de obligaciones para los propietarios en general, y unas obligaciones para aquellos dueños que viven en comunidades de propietarios en particular. Respecto a estas últimas, se destacan tres:
- Hacerse cargo de los daños, perjuicios o molestias que pueda causar el animal, entre los que se podría citar los ladridos excesivos de los perros.
- Evitar que los animales depositen sus excrementos y orines en lugares de paso habitual de otras personas, como fachadas, puertas o entradas a establecimientos. Y, en el terrible caso de ocurrir, limpiar y retirar estos con productos biodegradables.
- Estará prohibido mantener atados o deambulando por las zonas comunes sin estar el dueño pendiente del cuidado y comportamiento del animal.
- Igualmente, estará prohibido mantener de forma habitual a perros y gatos en terrazas, balcones, azoteas, trasteros, sótanos, patios y similares o vehículos, es decir, que el sitio habitual para mantener a la mascota es dentro de casa.
Las consecuencias de no cumplir con estas obligaciones pueden derivar en infracciones leves o graves, que pueden llevar aparejadas multas entre 500 y 10.000€, o 10.000 y 50.000€ respectivamente.
En resumen, conforme a las comunidades de propietarios, se puede decir que los dueños, en las zonas comunes, deben preocuparse por no dejar sueltos a los animales sin supervisión, retirar y limpiar los orines y excrementos, y, en general, evitar cualquier molestia al resto de vecinos.
En lo que respecta a las casas de los dueños, se debe procurar que los animales estén dentro de la casa de forma habitual, no en balcones, terrazas o azoteas; así como seguir velando por la tranquilidad de la comunidad mediante un buen comportamiento de las mascotas.
Evidentemente, lo ideal es que la sana convivencia entre vecinos y el respeto a la comunidad por parte de los dueños de los animales evite situaciones incómodas para todos, pero es cierto que, con la aplicación de esta ley, la vida se podría hacer muy difícil para los dueños de mascotas incívicas.
Si tiene problemas de este tipo en su Comunidad, le recomendamos que se dirija a su Administrador de Fincas, que sabrá guiarle en los pasos que debe seguir, en Resortalia Administradores de Fincas, tenemos mucha experiencia en mediación y resolución de conflictos entre vecinos y sus mascotas.