El pasado 2 de enero de 2025 entró en vigor la Ley Orgánica 1/2025, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, que introduce importantes modificaciones en la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre Propiedad Horizontal. Estas reformas, con vigencia a partir del 3 de abril de 2025, buscan ofrecer un mayor control comunitario sobre las actividades de alquiler turístico en edificios residenciales.
Cambios clave: un equilibrio entre derechos individuales y comunitarios
Uno de los aspectos más destacados es la adición del apartado 3 al artículo 7, que establece que cualquier propietario que desee destinar su vivienda a actividades de alquiler turístico debe obtener previamente la aprobación expresa de la comunidad de propietarios. Este cambio introduce un marco más estricto para garantizar que estas actividades sean compatibles con la convivencia vecinal.
Asimismo, se modifica el artículo 17 en su apartado 12. Ahora, cualquier decisión para aprobar, limitar, condicionar o prohibir el ejercicio de actividades turísticas requiere el voto favorable de las tres quintas partes de los propietarios, que a su vez representen tres quintas partes de las cuotas de participación. Esta mayoría también será necesaria para establecer cuotas especiales de gastos o incrementos en la participación en los gastos comunes relacionados con las viviendas destinadas a esta actividad, siempre que no superen el 20 %.
Protección para actividades existentes
Para aquellos propietarios que ya estuvieran ejerciendo actividades de alquiler turístico antes de la entrada en vigor de la ley, se ha incorporado una disposición adicional. La misma garantiza que podrán seguir operando bajo las condiciones y plazos establecidos por la normativa sectorial turística vigente al momento de iniciar la actividad.
Repercusiones en las comunidades de vecinos
Esta reforma surge en un contexto de creciente preocupación por el impacto del alquiler turístico en la calidad de vida de los residentes y en el mantenimiento de las propiedades. Al dotar a las comunidades de propietarios de un mayor control sobre estas actividades, la ley busca equilibrar los derechos individuales con los intereses colectivos.
Sin embargo, esta nueva regulación también plantea retos, especialmente en comunidades donde el consenso puede ser difícil de alcanzar. Además, se espera que los tribunales desempeñen un papel importante en la interpretación y aplicación de estas disposiciones.
Un paso hacia la convivencia vecinal
Con la entrada en vigor de estas modificaciones, España se alinea con las tendencias de otros países europeos que han implementado medidas similares para regular el alquiler turístico. La reforma representa un esfuerzo por proteger tanto los derechos de los propietarios que deseen ejercer esta actividad como la tranquilidad de las comunidades residenciales.
A medida que se implementen estos cambios, será fundamental observar cómo se adaptan las comunidades y qué impacto tienen en la convivencia vecinal y en el mercado de alquiler turístico.